Dale a SEGUIR, para que siga poniendo series turcas 🔻

DIN DON DIN!!

- Por orden del señor alcalde, se hace saber... que los capítulos de las series nuevas se empezarán a reponer a partir del próximo sábado 4 de mayo (hasta el 4 de mayo no te quites el sayo).- -Y así de sábado en sábado y de oca a oca y tiro porque me toca.-

El Supremo anula clausulas de suelo si estas no son transparentes

Victoria a medias -moral, al menos- para los afectados por la burbuja de hipotecas abusivas. El pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo (TS) declaró ayer la nulidad de las cláusulas suelo en los casos en que se produzca una falta de transparencia. La medida no es retroactiva, y no supondrá la devolución de las cantidades que ya hayan sido satisfechas.

El TS ha estimado parcialmente un recurso de casación que presentó la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios y Financieros (Ausbanc) contra una sentencia de la Audiencia de Sevilla que daba la razón al BBVA y avalaba estas cláusulas en sus hipotecas. La patronal bancaria, AEB, aseguró que esta nota "confirma la legalidad de las cláusulas suelo, tal como en su día apreció la Audiencia Provincial de Sevilla". Y subrayó que "la transparencia en los préstamos hipotecarios está garantizada por la doble intervención de fedatario público: notario y registrador de la propiedad".

El fallo del Alto Tribunal se produce una semana después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) dictaminara que la legislación hipotecaria española es contraria a la normativa europea. La decisión del TS sienta jurisprudencia y está pendiente aún de que se redacte la sentencia.

El pleno de la Sala de lo Civil, encabezado por el presidente Juan Antonio Xiol, debe decidir si declara abusivas las cláusulas "suelo" y "techo" de algunas hipotecas o si cabe responsabilizar a los bancos por inversiones de "alto riesgo" como las denominadas participaciones preferentes.

Además de este recurso, tiene sobre la mesa la petición de declarar la responsabilidad de los bancos por la gestión de capital ajeno en productos de inversión financiera de alto riesgo, según informó Efe.

Por otro lado, el Consejo General del Notariado ha indicado a los notarios que deben suspender cualquier ejecución hipotecaria extrajudicial si el deudor acredita que un juzgado ha admitido una demanda en la que impugna alguna cláusula por abusiva o si acredita que un tribunal ha admitido a trámite la solicitud de medidas cautelares. E informarán al deudor de la sentencia del Tribunal de la UE y de su derecho a acudir a los tribunales.

Comentarios