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Denunciar a un pirata en la red

La anteriormente conocida como Ley Sinde pasa a convertirse, a partir de hoy, en Ley Sinde-Wert. La trama legal se hace por fin operativa y, desde esta misma mañana, cualquiera que esté dispuesto a dar el paso -y acredite que se vulneran los derechos de propiedad intelectual de tal o cual obra- tiene el derecho de solicitar el inicio de un proceso que puede desembocar en el cierre de la página de internet en cuestión. 

¿Se producirá una avalancha de peticiones? La Coalición de Creadores estimaba hace unos meses que serían unas 200, pero el reciente cierre de Megaupload por parte del FBI ha provocado un efecto de temor entre el sinfín de webs que incluyen enlaces a contenidos ilícitos, tanto musicales como cinematográficos, videográficos y de otra índole. Con todo, podría incluso llegarse a los 100 procedimientos, si se cumplen las previsiones. 
En cualquier caso, arranca hoy una nueva era en España para la protección de la propiedad intelectual, pues la Comisión de la Propiedad Intelectual (CPI) empieza a actuar de oficio. 

Este garante colectivo se encuentra presidido por el secretario de Estado de Cultura, José María Lassalle, aunque resulta muy probable que delegue en Teresa Lizaranzu, directora general de Industrias Culturales y del Libro del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. La identidad del resto de los integrantes de la CPI se mantiene en secreto. Eso sí, serán funcionarios con rango de cuatro ministerios. 

¿Qué debe hacer quien pretenda solicitar sus servicios? He aquí una pequeña guía: 

PETICIÓN PREVIA. Un titular de derechos de propiedad intelectual considera que una obra suya está siendo pirateada en determinado sitio de internet. A partir de ahí, interpone ante la CPI una denuncia que, en un plazo mínimo de 20 días y máximo de tres meses, puede terminar con la clausura de esa web si no se retiran esos contenidos supuestamente ilícitos. 

IDENTIFICACIÓN. El denunciante está obligado a acreditar que el portal de la discordia tiene ánimo de lucro o puede dañar su patrimonio. Y ha de identificarlo, una tarea a veces ardua y en la que, por primera vez, se habilita la opción de que intervenga un juez. 

ACCIÓN FULMINANTE. No se establecen advertencias ni multas. Directamente, se comunica al hipotético infractor que dispone de sólo 48 horas para retirar el contenido en cuestión o presentar alegaciones. 

¿CIERRE? Se abre entonces un plazo de deliberación. En caso de que la Comisión de la Propiedad Intelectual estime probado que se vulnera la legalidad y de que el requerido no se dé por aludido, se le exigirá definitivamente que se retire el contenido o, en última instancia, se procederá a suspender la actividad de la web. 
DISUASIÓN. Lo que está claro es que la mera existencia de la CPI (en realidad, no es nueva, pero sí se amplían notablemente sus competencias para que deje de tener un carácter consultivo) va a generar un efecto disuasorio en internet. Decenas de páginas comienzan a ver las orejas al lobo, en vista de que son ya varios los países (Estados Unidos, Suecia, Holanda, etcétera) que han decidido tomar cartas en el asunto. 

De hecho, España se incorpora más bien tarde a este pelotón de cabeza para erradicar la impunidad en la Red. Un objetivo que comenzó a sembrarse en noviembre de 2009, cuando se hizo realidad -con el Partido Socialista en el poder- el anteproyecto de ley de Economía Sostenible, en el cual se incluyen las competencias por descargas ilegales, pues finalmente no son sino golpes a la industria cultural. Ya entonces se hacía hincapié en la necesidad de crear una normativa que ahora, gracias a la función coercitiva de la Comisión de Propiedad Intelectual, se verá en efecto salvaguardada. 

El problema radica en que un aluvión de demandas puede colapsar el servicio que presta la Administración, y entonces los infractores verán su impunidad prolongada. ¿Ha previsto el Gobierno esta eventualidad? No sabe, no contesta. 

De forma paralela a la puesta en práctica de esta sección segunda de la CPI, sigue en vigor el recurso interpuesto por la Asociación de Internautas para que la ley no se aplique. Según manifestó ayer mismo Víctor Domingo a la agencia Efe, presidente de este colectivo, se va a producir «un carajal legal muy importante». A su juicio, se trata de «un tremendo error que va a generar inmensos conflictos y gran inseguridad jurídica». 

Uno de los aspectos más polémicos es que estas medidas no sólo se pondrán en marcha en relación con páginas de internet, sino también con foros. Si alguien cuelga un contenido ilícito en uno de ellos, él no será considerado más que como usuario. 

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